Concepción, 04 de julio de 2025.

Comercializadores de productos orgánicos del gran Concepción participaron en la charla realizada por funcionarios/as del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Biobío sobre el Sistema Nacional de Certificación de Productos Orgánicos para la  comercialización de productos bajo la denominación de orgánico o sus equivalentes.

Al respecto, el Director Regional del SAG de Biobío, Roberto Ferrada, indicó que “es importante que quienes venden productos calificados como orgánicos conozcan la normativa vigente, para que puedan exigir a sus proveedores su cumpliento, lo que pueden verificar a través de la certificación que avala la condición que cataloga al producto como “orgánico”, “biológico” o “ecológico”, el que es  realizado por una entidad certificadora inscrita en el SAG, cuyo registro oficial se encuentra disponible en nuestra web, www.sag.cl, lo que asegura el respeto de los principios agroecológicos en la producción y proceso, garantiza una calidad de producto diferente y minimiza la posibilidad de fraudes o engaños en la comercialización”.

En sentido, explicó que para que un producto silvoagropecuario reciba la denominación de orgánico, ecológico o biológico debe provenir de un proceso productivo donde se hayan aplicado los requisitos y protocolos establecidos en el reglamento y norma técnica vigente. Éstos pueden ser de origen agrícola, pecuario o forestal y durante su producción no utilizan agroquímicos sintéticos, favorecen los ciclos biológicos, aumentan la biodiversidad y potencian la vida del suelo.

Agregó que al momento de adquirir productos orgánicos, ecológicos, biológicos o que utilicen los prefijos ECO o BIO las personas deben revisar que cuenten en su etiqueta con el sello oficial que identifica a estos productos (imagen adjunta) o solicitar el certificado oficial.

“En el caso de envasados, el consumidor debe fijarse en la etiqueta, la que debe tener una definición clara de su condición de orgánico, identificada por el sello oficial, pudiendo también exigir el certificado que avale tal condición, emitido por una entidad certificadora inscrita en el SAG. Para los productos frescos sin empaque (como verduras), la utilización del sello no es obligatoria, no obstante, éstos deben estar separados de los productos convencionales y tener letreros que informen tal calidad”, dijo el directivo.

La certificación orgánica chilena contempla dos sistemas, los cuales son fiscalizados por el SAG. Uno de ellos es el  Sistema de Certificación de Tercera Parte establece que todos los organismos de certificación nacionales o extranjeros, públicos o privados,  que para ingresar al Registro de Entidades Certificadoras de Productos Orgánicos deberán demostrar que cumplen las formalidades, requisitos y protocolos técnicos y profesionales necesarios para la ejecución de las labores de certificación. Mientras que el otro es el Sistema de Certificación de Primera Parte o también llamado Certificación Participativa  señala que para para utilizar la denominación de orgánicos, ecológicos o biológicos en sus productos, las Organizaciones de Agricultores Ecológicos, deberán autocertificarse y registrarse ante el SAG, cumpliendo con la normativa vigente de Agricultura Orgánica.

En la región del Biobío actualmente se encuentran registrados 37 productores orgánicos y 19 procesadores. La producción orgánica está liderada por arándanos (419 ha.) y manzana (205 ha.). También existe recolección de maqui silvestre como producto forestal no maderero, en una superficie de 696 hectáreas.

 

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Equipo Prensa
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