¡Atención Cazadores! Transgredir la Ley de Caza puede salir caro
La detención de un particular por la caza ilegal de loros choroyes se logró en una operación coordinada entre el Servicio Agrícola y Ganadero y Carabineros de la Tenencia Tres Esquinas de Cato. El loro Choroy (Enicognathus leptorhynchus), es una especie protegida y en estado de conservación vulnerable, según lo indicado en la Ley de Caza (19.473) y su reglamento
El hecho ocurrió en el sector rural de San Ramón, cercano a Tres Esquinas de Cato, Coihueco, tras una denuncia que permitió sorprender al infractor en flagrancia. Carabineros detuvo al imputado, a quien se le retiró el arma que usó para la caza, a la vez que el SAG activó el proceso sancionatorio cursando una Acta de Denuncia y Citación por infracción a la Ley de Caza y su reglamento. Por su parte, carabineros, derivará el caso al Ministerio Público, ya que el delito podría implicar desde sanciones pecuniarias hasta sanciones penales, por tratarse de una especie protegida.
“El Choroy es una especie nativa en estado de conservación, y su caza está totalmente prohibida. Quienes incurran en este delito se exponen a multas, confiscación de armas y hasta el presidio del imputado, según la gravedad del caso”, indicó Nelson Alvarado, encargado regional de Fauna Silvestre del Servicio Agrícola y Ganadero.
“Como Servicio Agrícola y Ganadero, hacemos un llamado a la comunidad a denunciar este tipo de acciones al SAG o a Carabineros, recordando que respetar a nuestra fauna silvestre y la ley de caza no solo es una obligación legal, sino también un compromiso con la protección del patrimonio natural de Chile”, destacó el director de SAG Ñuble, Osvaldo Alcayaga.
Al respecto, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y el Ministerio Público han reforzado la fiscalización sobre actividades de caza en todo el país, recordando a la ciudadanía que la caza ilegal, además de ser una amenaza para la biodiversidad, también conlleva sanciones severas.
Entre las infracciones sancionadas por el SAG se encuentran el uso de armas, métodos o instrumentos prohibidos para cazar o capturar fauna, así como el desacato a las indicaciones de los fiscalizadores autorizados. Estas faltas pueden ser sancionadas con multas que van desde 1 a 25 UTM (entre $65.967 y $1.649.175), la retención de armas de fuego por seis meses, y la suspensión o inhabilitación del permiso de caza por hasta cuatro años.
Por su parte, el Ministerio Público sanciona penalmente a quienes capturen, cacen o comercialicen especies cuya caza está prohibida, o utilicen métodos ilegales para obtenerlas, ya sea directamente o a través de terceros. En estos casos, las sanciones incluyen penas de prisión de 21 a 60 días, multas entre 3 y 50 UTM ($197.901 a $3.298.350), y el decomiso de armas e instrumentos utilizados.
Además, si se demuestra que estas actividades ilegales se realizan de forma habitual, las penas aumentan significativamente: se arriesga presidio menor en su grado mínimo a medio (de 61 días a 3 años), multas de 5 a 100 UTM (hasta $6.596.700) y también el decomiso de las herramientas empleadas.