Ante las consultas y opiniones surgidas en torno a la consulta pública de la propuesta de resolución que establece requisitos para la comercialización de semilla corriente, vigente desde el 8 de junio y abierta hasta el 10 de agosto de 2026, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) aclaró que la iniciativa busca actualizar, ordenar y simplificar la normativa vigente, sin afectar las prácticas tradicionales de conservación e intercambio de semillas sin fines comerciales.
El Servicio explicó que la propuesta reúne en un solo texto disposiciones que ya existen desde la Resolución N° 3.080 de 2022 y del Decreto Ley N° 1.764 de 1977, incorporando ajustes que faciliten su aplicación y comprensión.
Entre los principales puntos, el SAG enfatizó que la norma regula exclusivamente la comercialización de semillas corrientes, es decir, las actividades de venta, distribución y envasado con fines comerciales. En consecuencia, no prohíbe ni regula el intercambio, conservación o uso propio de semillas por parte de agricultores, comunidades o familias, ni establece nuevas restricciones para semillas campesinas, criollas, tradicionales o ancestrales.
Asimismo, la propuesta no modifica la normativa sobre propiedad intelectual de las semillas ni la regulación de semillas transgénicas, materias que cuentan con legislación específica.
Fortalecer la trazabilidad y la formalización
El director regional (s) Oscar Videla Pérez, señaló “uno de los principales problemas que busca abordar esta propuesta es el cambio en la forma en que hoy se comercializan las semillas corrientes, en especial debido al crecimiento del comercio digital e informal. En este contexto, el SAG ha detectado dificultades para identificar a quienes las comercializan, lo que debilita la trazabilidad de los productos y dificulta las labores de fiscalización”.
Esta situación afecta el sistema de control sanitario y también a quienes adquieren semillas, al dificultar la verificación de su origen y calidad, comprometiendo la inversión de los agricultores y limitando la posibilidad de ejercer sus derechos ante eventuales incumplimientos. Asimismo, perjudica a quienes comercializan cumpliendo la normativa, al exponerlos a competencia desleal por parte de vendedores informales.
La propuesta incorpora la inscripción de comerciantes de semillas para fortalecer la transparencia, la trazabilidad y la fiscalización del mercado, resguardando tanto a quienes comercializan como a quienes adquieren semillas. Además, simplifica los requisitos para pequeños comerciantes mediante un umbral anual de comercialización que flexibiliza algunas exigencias, favoreciendo su incorporación al mercado formal sin comprometer la calidad. Durante la consulta pública, cualquier persona podrá proponer umbrales distintos, siempre que cuente con antecedentes técnicos que los fundamenten.
Lista de Variedades Oficialmente Descritas
Otro aspecto abordado por el Servicio corresponde a la Lista de Variedades Oficialmente Descritas (LVOD), la cual reúne variedades que cuentan con una descripción técnica reconocida por el SAG. Esta lista tiene como finalidad facilitar la identificación de las variedades y resolver eventuales reclamos sobre la calidad o identidad de las semillas comercializadas.
El SAG precisó que la incorporación de una variedad a la LVOD no otorga derechos de propiedad intelectual ni exclusividad comercial. Si una variedad ya está incorporada en esta lista y no corresponde a una variedad protegida, cualquier persona puede comercializarla sin necesidad de realizar una nueva inscripción.
Asimismo, la propuesta contempla mecanismos simplificados para facilitar la incorporación de variedades a la LVOD y exime de esta obligación a la mayoría de las especies hortícolas y ornamentales, salvo las excepciones establecidas en el proyecto.
Consulta pública abierta
El Servicio indicó que también ha recogido inquietudes respecto de la definición de «comercialización», reconociendo que algunos artículos podrían dar lugar a interpretaciones distintas al objetivo de la propuesta. Precisamente por ello, el proceso de consulta pública busca recoger observaciones, corregir posibles ambigüedades y asegurar que la versión final de la norma refleje claramente su propósito.
Finalmente, la autoridad reiteró la invitación a productores, organizaciones y ciudadanía a participar en la consulta pública, cuyas observaciones serán analizadas técnicamente y respondidas de manera transparente. El objetivo es contar con una normativa más clara, moderna y proporcional, que fortalezca la transparencia del mercado de semillas, facilite la formalización de pequeños comerciantes y entregue mayores garantías a quienes adquieren semillas, resguardando al mismo tiempo las prácticas tradicionales que no tienen fines comerciales.


































