Con modificaciones orientadas a facilitar la aplicación de la normativa, el SAG actualizó las disposiciones sobre trazabilidad equina mediante una resolución rectificatoria que incorpora cambios en la identificación, movimientos de équidos, además de establecer plazos diferenciados para distintos tipos de tenedores.
La nueva normativa exige a los tenedores de equinos cumplir con las medidas sanitarias vigentes y sumarse al sistema de identificación individual mediante microchip. Para los establecimientos ecuestres, la resolución rectificatoria mantiene la vigencia establecida para los centros ecuestres e incorpora nuevos plazos para otros tipos de establecimientos: hasta el 25 de agosto de 2026: para predios con équidos destinados a deporte y reproducción y extiende el plazo a 24 meses a partir del 25 de febrero de 2026 para predios de crianza familiar y abasto.
“Para que los propietarios cumplan con la obligación de poner chip de identificación a sus caballos, lo primero es que el predio donde se encuentran los caballos, debe estar registrado en el Sistema de información pecuario SipecWeb. Para eso, el usuario necesita acercarse a la oficina SAG más cercana a su domicilio y llevar el documento que lo relaciona con el predio, como Título de dominio, contrato de arriendo o usufructo, Fotocopia de cédula de identidad o Certificado de dominio vigente”, indicó el director (s) del SAG, Gabriel Bustos, destacando que de esta forma se le asignará un número de RUP, el Rol Único Pecuario.
Javier Capponi, encargado regional del programa pecuario SAG, indicó que con el número de RUP asignado, el productor debe contactar a un médico veterinario, técnico veterinario, o técnico con experiencia en manejo de la especie para la aplicación de dispositivo de identificación. Posteriormente, el propietario tiene un plazo de 5 días para presentar ante el Servicio Agrícola y Ganadero la información del dispositivo, completando el Formulario de Identificación Individual de Equidos, el FIIO, documento que puede solicitarse en oficinas o descargarse en línea. Esta información también puede ser completada en línea por quienes posean clave del sistema Sipecweb.
Se informó además que el Servicio no realiza operativos de chipeo, sino que se aplica microchips exclusivamente a equinos que son muestreados con el fin de identificar individualmente a estos animales, de acuerdo a la evaluación del riesgo de contraer enfermedades como Anemia Infecciosa Equina u otra enfermedad definida por el Servicio. “Como Servicio, hemos realizado una serie de capacitaciones tanto a tenedores de equinos como a equipos técnicos municipales de Prodesal e Indap, para apoyar a los productores en el cumplimiento de la implementación de la trazabilidad obligatoria para equinos, ya que es una herramienta clave para el resguardo del estatus zoosanitario del país”, comentó el encargado pecuario, destacando que además se han organizado operativos pecuarios orientados a la obtención del rol pecuario por parte de los productores en coordinación con los municipios que lo han solicitado.
Al respecto, el seremi de Agricultura de Ñuble, Juan Luis Enríquez, destacó la importancia que tiene el programa de Trazabilidad Animal del SAG, que busca garantizar la sanidad animal y la inocuidad de los productos pecuarios, permitiendo identificar y registrar los animales y sus movimientos a lo largo de la cadena productiva. “La trazabilidad de los equinos, es muy importante para el resguardo de nuestra seguridad zoosanitaria. Por eso, el llamado es a que los tenedores de caballos inscriban su predio en el SAG para obtener su Rol Único Pecuario y luego realicen la instalación del microchip que permitirá la trazabilidad de sus animales”, indicó.
La nueva normativa, establece que los equinos de más de 12 meses deben ser identificados con un chip, o antes, en caso de mover al animal a un predio distinto, con la excepción de animales que no estén destetados y que acompañen de forma permanente a su madre o nodriza.
Para los animales que ya tienen implantado un dispositivo de Identificación Individual previo a la entrada en vigencia de la normativa, sus titulares tienen un plazo hasta el 31 de diciembre para registrar los datos en el sistema SAG, en oficinas del Servicio o en el sistema Sipecweb. Una vez registrado en el sistema, estos datos quedarán establecidos como numeración oficial.



































