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Con el objetivo de resguardar la sanidad de los animales, la trazabilidad de los medicamentos veterinarios y la inocuidad de los alimentos para el consumo humano, el Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, informa que ahora el Formulario de Movimiento Animal (FMA) incluye un recuadro para realizar una declaración sobre el estado de los animales que están siendo transportados, donde se especificará si tienen o no periodos de resguardo pendientes de medicamentos veterinarios aplicados y si presentan síntomas compatibles con Enfermedades de Denuncia Obligatoria (EDO).

El titular del Rol Único Pecuario (RUP) de origen de los animales deberá marcar con una “X” en el recuadro de la declaración solo cuando los animales que está moviendo no tienen periodos de resguardo pendientes, es decir, cuando no se les han administrado medicamentos veterinarios o, en el caso que se les hayan administrado, estos ya hayan terminado el periodo resguardo que indica el envase. De lo contrario, si aún se encuentran con el periodo de resguardo pendiente, la indicación es completar el FMA sin marcar la declaración (sin la X”) y acompañarlo con el documento que sirve para registrar periodos de resguardo pendientes disponible en el sitio web del Servicio o en una oficina SAG. En este documento se debe completar la información de los animales de manera individual o por lote, indicando el uso del medicamento veterinario aplicado, y debe acompañar al FMA durante todo el trayecto y hasta el destino final de los animales.

Es fundamental recordar que siempre se deben transportar animales sanos, que no presenten síntomas de Enfermedades de Denuncia Obligatoria, y que es responsabilidad del dueño/a de los animales dar aviso al SAG cuando presenten los siguientes síntomas:

Bovinos y ovinos: síntomas nerviosos y abortos.
Caprinos: abortos.
Cerdos: hemorragias en la piel.
Equinos: tos seca, secreción nasal, fiebre y abortos.

Aves (guía de despacho): síntomas respiratorios con alta mortalidad.

No olvide que los animales con periodo de resguardo pendientes no pueden ser destinados a matadero o procesadora de productos, ni los subproductos de origen animal destinados al consumo humano; y que todos los bovinos, equinos, porcinos, ovinos, caprinos, cérvidos, camélidos sudamericanos, jabalíes y bubalinos (búfalos) que requieran ser trasladados por el territorio nacional deben ser movilizados acompañados por el Formulario de Movimiento Animal, documento disponible en www.sag.cl, en cualquier oficina del SAG y unidades de Carabineros de Chile.

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